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El sujeto de aprendizaje que se incluye en un determinado nivel del Sistema, puede presentar dificultades en su integración. En la detección de variables que las provocan y siempre en orden a la diversidad, surgen con relieve haciéndolas evidentes, Necesidades Educativas Especiales. En el Acuerdo Marco para la Educación Especial, documento para la Concertación serie A n ° 19, las Necesidades Educativas Especiales se definen: ..." como las experimentadas por aquellas personas que requieren ayudas o recursos que no están habitualmente disponibles en su contexto educativo, para posibilitarles su proceso de construcción de las experiencias de aprendizaje establecidas en el Diseño Curricular".

La Necesidad Educativa Especial podría denotar alguna forma de discapacidad, generadora de dificultades en el proceso de aprendizaje.

La escuela inclusora enseña a todos según sus necesidades atendiendo a las diferencias y garantizando la calidad de la educación más allá de las diversas potencialidades de los sujetos y los grupos sociales a los que pertenecen.

Las Necesidades Educativas Especiales demandan, por su complejidad, un trabajo de corresponsabilidad profesional ya que compromete una interinstitucionalidad con una dinámica transdisciplinaria y la incorporación de la familia a esta misma dinámica.

El punto de partida para el desarrollo del tema central convocante es el siguiente:
El alumno con Necesidades Educativas Especiales será escolarizado en instituciones de educación común. Sólo cuando dichas necesidades revistan una complejidad a la que no pueda dar respuesta el servicio ordinario, se propondrá su escolarización en Escuelas Especiales.

Fuente: www.abc.gov.ar circular 2543/03 (anexo 1)